Hasta 20 Enero 2021
- Retenciones efectuadas a empleados, comisionistas, profesionales, consejeros, etc. 4º trimestre 2020
- Retenciones efectuadas a socios por distribución de dividendos, intereses y otras rentas del capital. 4º trimestre 2020
Para efectuar dichas declaraciones es necesario nos faciliten:
– Relación de preceptores por conceptos (sueldos, comisiones, dividendos, asistencia Consejos, etc.) donde conste:
- Apellidos, nombre y año de nacimiento.
- I.F. preceptor y cónyuge.
- Municipio y código postal
- Retribución bruta satisfecha durante el año, retención anual efectuada y seguridad social, las percepciones por ILT deberán comunicarse por separado del resto de retribuciones
- Situación familiar, nº de hijos y año de nacimiento de cada uno de ellos
- Caso de divorcio o separación: anualidades por alimentos a hijos y pensiones compensatorias.
- Si se ha aplicado la deducción del 2% de las retenciones por inversión en vivienda habitual.
- Las prestaciones /retribuciones por maternidad y paternidad
** Si existen retribuciones en especie deben concretar si estas han sido o no repercutidas al preceptor.
- Retenciones arrendamiento inmuebles urbanos.- Declaración-Liquidación correspondiente al 4º Trimestre de 2020 de Retenciones a cuenta de I.R.P.F. ó I.S. efectuadas sobre arrendamiento de bienes inmuebles y Resumen anual (mod. 180). Es necesario nos faciliten de cada arrendador:
- Apellidos y nombre o razón social.
- I.F.
- Municipio y código postal.
- Rendimientos satisfechos y Retención o ingreso a cuenta, separados por inmuebles.
- Referencia catastral inmuebles
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Hasta 1 Febrero 2021
- Pago fraccionado a cuenta del I.R.P.F.: Estimación DIRECTA y Estimación DIRECTA SIMPLIFICADA: mod. 130. Para efectuar dicha declaración es necesario nos faciliten las ventas o ingresos y gastos anuales correspondientes a 2020 así como retenciones que les hayan practicado, en su caso.
Impuesto sobre el Valor Añadido.
Hasta 1 Febrero 2021
– Declaración liquidación de operaciones realizadas durante el cuarto trimestre (o último mes) y Declaración Resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido (mod. 390). Además de los datos habituales de las declaraciones trimestrales nos deben facilitar:
- Volumen anual de exportaciones y envíos a Ceuta, Melilla y Canarias.
- Volumen anual de entregas y adquisiciones intracomunitarias
- Bases Imponibles IVA soportado por tipo impositivo.
– Bases Imponibles IVA repercutido por tipo impositivo
– Deben también comunicarnos si durante el ejercicio han obtenido subvenciones, indicando el importe y el objeto de las mismas.
– Declaración recapitulativa : Resumen de operaciones con la Unión Europea correspondientes al cuarto trimestre de 2020
IMPORTANTE hasta 1 Febrero 2021
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS (Mod. 184).
Las Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, Herencias Yacentes, deben presentar hasta el 1 de Febrero de 2021 declaración en la que conste:
- Los datos identificativos de los socios, herederos, comuneros o participes, residentes o no en territorio español, incluyendo las variaciones en la composición de la entidad a lo largo del ejercicio.
- El importe total de las rentas obtenidas por la entidad y de la renta atribuible a cada uno de sus miembros, con especificación por fuentes de renta, es decir, distinguiendo entre rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario (siendo necesaria la referencia catastral de los inmuebles), rendimientos de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Las bases de las deducciones.
- El importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los atribuibles a cada uno de sus miembros.
- El importe neto de la cifra de negocios de la entidad.